Según el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 15 de junio del 2012, se comunicó resolución del Banco de España sobre la extinta CajaSur cuando estaba bajo el control del Cabildo de la Catedral de Córdoba, por la que se instruyó denuncia ante la fiscalía anticorrupción por incurrir en actuaciones delictivas relativas a esta caja de ahorros y monte de piedad.
Según exponía el Banco de España en el BOE y que igualmente fue recogido en la denuncia, los delitos que se imputarían estaban relacionados con infracciones muy graves tipificadas en la Ley sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
1) deficiencias en su estructura organizativa, mecanismos de control interno o procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a la gestión y control de riesgos, cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad.
2) incumplimiento de las políticas específicas, que con carácter particular hayan sido exigidas por el Banco de España a una entidad determinada en materia de provisiones, tratamiento de activos o reducción del riesgo inherente a sus actividades, productos o sistemas, cuando las referidas políticas no se hayan adoptado en el plazo y condiciones fijadas al efecto.
3) insuficiente cobertura de los requerimientos de recursos propios mínimos, cuando estos se sitúen por debajo del 80 por 100 del mínimo establecido reglamentariamente en función de los riesgos asumidos, o por debajo del porcentaje de recursos propios exigidos, en su caso, por el Banco de España a una entidad determinada, permaneciendo en tal situación por un período de al menos seis meses.
La crisis de CajaSur obligó a intervenir la entidad con dinero público y a su posterior subasta en 2010. El Ministerio de Economía y Hacienda ratificó las sanciones que el Banco de España incluyó en el expediente que abrió a los miembros de su consejo de administración y directores de la entidad, al considerar de gravedad el incumplimiento de las normas vigentes en materia de límites de riesgos o que impongan limitaciones cuantitativas, absolutas o relativas, al volumen de determinadas operaciones activas o pasivas.
Otra denuncia ante la oficina antifraude ya se produjo contra la gestión que tenía en su representación el Cabildo de la Catedral de Barcelona en el Hospital de la Santa Cruz y San Pablo denunciado por uso fraudulento de fondos públicos.
El Juzgado de Instrucción núm. 22 de Barcelona instó diligencias contra los patronos de la fundación gestora de la MIA (Muy Ilustre Administración) de la institución sanitaria, en la que el Arzobispado participaría además del Ayuntamiento y la Generalitat de Cataluña.
Los cargos que se imputaron se centran en un delito societario, estafa procesal y malversación, concretamente en lo referente a la representación que mantenía la diócesis, que en concepto de honorarios cobraría trimestralmente miles de euros, a pesar de los impedimentos legales que impone la ley de fundaciones en cuanto a las vinculaciones contractuales, y la particular situación de la parte gestora del centro en 2011 que declaró un déficit de 18 millones de euros, llevó a un expediente de regulación de empleo en suspenso y a la dimisión de la junta de gobierno el 7 de junio del 2013.
Notas y textos.
8 de julio, 2013. (periodismocatolico.com). Novedades sobre el Hospital de San Pablo en Barcelona (España).
José María Amenós Vidal. Servicio de Información Católica para hispanoamérica (Administrador).