El martes 22 de noviembre Eugenio Andrés Lira Rugarcía se instaló como nuevo obispo de Matamoros. Los fieles debemos ahora recordar qué significa que sea obispo, por qué lo es, y cuáles son las tareas complejas que a él le esperan.
Que sea obispo significa que por institución divina es uno de los sucesores de los apóstoles, en virtud del Espíritu Santo, que se le ha dado, tras recibir el Sacramento del Orden en su plenitud.
Lo es porque lo escogió el Papa, en este caso Francisco para regir ahora la Diócesis de Matamoros. Monseñor cumplió entonces con estos requisitos que establece el Código de Derecho Canónico: “insigne por la firmeza de su fe, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia y virtudes humanas, y dotado de las demás cualidades que le hacen apto para ejercer el oficio de que se trata, de buena fama, de al menos treinta y cinco años, ordenado de presbítero desde hace al menos cinco años, doctor o al menos licenciado en sagrada Escritura, teología o derecho canónico, por un instituto de estudios superiores aprobado por la Sede Apostólica, o al menos verdaderamente experto en esas disciplinas”.
Las tareas del obispo las resume el mismo Código de esta manera: “son constituidos como Pastores en la Iglesia para que también ellos sean maestros de la doctrina, sacerdotes del culto sagrado y ministros para el gobierno”.
La primera de todas las tareas es enseñar. Un obispo es el principal maestro en su diócesis (o porción del Pueblo de Dios demarcada territorialmente, en el caso de monseñor Lira, por ocho municipios del noreste de Tamaulipas). Así tiene la responsabilidad de predicar allí la Palabra de Dios a su pueblo. Se debe asegurar de que a quienes delegue la tarea de enseñar en su nombre, a saber, sacerdotes, maestros, catequistas y otros, enseñen la verdad. Es deber suyo el defender “con fortaleza, de la manera más conveniente, la integridad y unidad de la fe, reconociendo no obstante la justa libertad de investigar más profundamente la verdad”.
Una segunda responsabilidad es gobernar. Esto se refiere a la satisfacción de las necesidades de la comunidad local (materiales, sociales, personales y espirituales), así como garantizar el respeto de las leyes de la Iglesia.
Él es el responsable último de la formación y el suministro de sacerdotes para las parroquias, de las finanzas de la diócesis y de todos los bienes de la iglesia local. El mayor bien, lo aclaró san Lorenzo en su martirio, es la misma grey de la que ahora monseñor es pastor.
Como obispo tiene el poder de hacer leyes de la Iglesia, de ser juez en asuntos de la Iglesia y de hacer cumplir la observancia de las leyes. Estas leyes generalmente se relacionan con el culto, la predicación, la administración de los sacramentos, la salvaguardia de la fe y la moral de los fieles y la instrucción religiosa.
Una tarea más del ahora obispo de Matamoros Eugenio es santificar a su pueblo. Por ello deberá asegurarse de que los sacramentos son administrados a las ovejas bajo su cuidado. Por ello tiene la autoridad especial para ordenar sacerdotes y la obligación concreta de confirmar a todos los fieles en su diócesis. Él es quien, por lo regular, ordena a los sacerdotes que sirven en su diócesis, y también es responsable de visitar cada rincón de la diócesis para administrar el Sacramento de la Confirmación.
Ciertamente debe asegurarse de que la misa se celebra en las distintas parroquias de la diócesis cada domingo y días de fiesta.
En lo que concierne a los sacerdotes de su diócesis, es ahora responsable de supervisarlos. Que así lo haga no consiste en que se convierta en un horrible fiscalizador. Debe ser ante todo un amigo, un hermano y un padre de cada uno de ellos. Un obispo es un asesor y mentor de los sacerdotes en su diócesis. Defiende sus derechos y determina si los sacerdotes cumplen fielmente con sus obligaciones. El obispo también asegura que sus sacerdotes diocesanos tienen los medios para sostener su vida espiritual, emocional e intelectual. No los abandona en su tarea. Como obispo debe atender “con peculiar solicitud a los presbíteros, a quienes debe oír como a sus cooperadores y consejeros, defienda sus derechos y cuide de que cumplan debidamente las obligaciones propias de su estado, y de que dispongan de aquellos medios e instituciones que necesitan para el incremento de su vida espiritual e intelectual; y procure también que se provea, conforme a la norma del derecho, a su honesta sustentación y asistencia social”. También dice el Código que “fomente el Obispo diocesano con todas sus fuerzas las vocaciones a los diversos ministerios y a la vida consagrada, dedicando especial atención a las vocaciones sacerdotales y misioneras”.
En cuanto a los laicos, “el Obispo diocesano debe mostrarse solícito con todos los fieles que se le confían, cualquiera que sea su edad, condición o nacionalidad, tanto si habitan en el territorio como si se encuentran en él temporalmente, manifestando su afán apostólico también a aquellos que, por sus circunstancias, no pueden obtener suficientemente los frutos de la cura pastoral ordinaria, así como a quienes se hayan apartado de la práctica de la religión”. Es más, “considere que se le encomiendan en el Señor los no bautizados, para que también ante ellos brille la caridad de Cristo, de quien el Obispo debe ser testigo ante los hombres”.
En resumen, debe ser la levadura que fermente esta porción del Pueblo de Dios de tal modo que convertidos a Cristo construyamos aquí su Reino de Paz y de Amor.