Por Roberto O´Farrill | Un derecho fundamental de todo ser humano, por expresar la realidad más profunda de su persona, es el Derecho a la Libertad Religiosa, que se funda en su misma dignidad de persona; un derecho que tiene una dimensión individual pero también colectiva e institucional a la que no es posible renunciar pues se trata de uno de los primeros derechos del hombre.
La defensa del Derecho a la Libertad Religiosa conjstituye una garantía de las demás libertades fundamentales, que son: conciencia, educación, voto, asociación, pensamiento, manifestación e información. Así, el Derecho a la Libertad Religiosa es un elemento imprescindible en un Estado de Derecho, pues no se puede negar o vulnerar sin dañar al mismo tiempo los demás derechos y libertades del ser humano. Es por esto que el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión: este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.
Sin embargo, hoy mismo, ya bien entrado el siglo XXI, se sufren constantes trangresiones a este derecho como consecuencia de nacionalismos, totalitarismos y radicalismos que lo vulneran gravemente en un 20% de los países del mundo. En algunos hay discriminación y en otros persecución, tal y como lo analiza el informe de Libertad Religiosa 2016 de la fundación pontificia “Ayuda a la Iglesia Necesitada” en el que se refleja, tras la frialdad de los números, que hoy una de cada tres personas vive en un país sin Libertad Religiosa.
Las cifras presentadas en 2017 muestran que el cristianismo es la religión que más sufre ataques, pues 334 millones de cristianos residen en países de persecución y discrimimación, en 38 países se sufren violaciones contra la Libertad Religiosa, en 23 se padecen persecuciones, y en 15 discriminaciones.
Se considera que hay discriminacion cuando: Las leyes marginan a un determinado grupo religioso, hay limitaciones al acceso laboral y cargos públicos, incapacidad de comprar o reparar propiedades, imposibilidad de vivir en un determinado barrio, imposibilidad de llevar determinados símbolos religiosos, y las víctimas sólo pueden buscar ayuda en la comunidad internacional.
Se sufre persecución cuando: Existe una campaña activa con el fin de exterminar, expulsar o someter a un determinado grupo, por su religión, por parte del Estado o de otros grupos; las víctimas son discriminadas y desposeídas legalmente; la persecución tiene un carácter sistemático no circunstancial; las minorías sociales pueden ser objeto de asesinato, expropiación de propiedades, robo, deportación, exilio, conversiones forzosas, matrimonios forzados y acusaciones de blasfemia, de manera legal según las leyes nacionales; y los agentes que cometen los delitos no suelen ser castigados.
Se padece un genocidio cuando se cometen masacres y homicidios con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.
Durante 2015 y 2016, por ejemplo, los ataques perpetrados contra minorías religiosas en Oriente Medio son muestra de una pretensión de aniquilación total de la Libertad Religiosa por parte del grupo extremista denominado Daesh y autoproclamado como Califato bajo el nombre de Estado Islámico. Esta persecución ha llegado al punto de convertirse en un genocidio como tal en Siria y en Irak y extendido a otros territorios, pues uno de cada cinco países en el mundo ya ha sido víctima de ataques islamistas radicales, ensañándose con las minorías yasidíes y cristianas obligándolos a huir o enfrentarse a la muerte. Las cifras concluyen que el Daesh ha asesinado a 5,000 yazidíes y esclavizado a 2,000 además de 150,000 cristianos esclavizados y otros 150,000 desplazados solamente en Nínive.
En México se sufre una persecución de alta intensidad y una de las más peligrosas por ser silente, callada; es la persecución contra conventos de monjas y religiosas de diversas órdenes y congregaciones de la Iglesia católica en la ciudad de México, una persecución que se excusa en la legalidad del impuesto predial pero que les impide a las religiosas vender las galletas que ellas elaboran para poder cumplir con estas “obligaciones” fiscales persecutorias, y cuando acuden a las procuradurías fiscales son víctimas de esperas prolongadas, desprecio, malos tratos y hasta amenazas. Con todo, las religiosas logran hacer sus pagos y luego les llegan nuevos y pesados requerimientos, pues en el fondo subyace la pretensión de exterminar a las comunidades católicas en la ciudad de México.
El respeto a la Libertad Religiosa está en peligro en varios países del mundo, lamentablemente en México también.