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El matrimonio para no creyentes y creyentes

El matrimonio puede conformarse solo por mujer y varón, al menos por lo siguiente: El pájaro y el avión tienen alas, tienen cuerpo, patas, pico, y ambos vuelan. Sin embargo no se les puede llamar de un mismo modo, por la sencilla razón de que son distintos, tienen diferente identidad ¿O no?. Igualmente sucede con las motocicletas y las bicicletas pese a que ambos tienen ruedas, llantas, manubrios, asientos, etc., y con el homicidio, el suicidio, el parricidio, el feminicidio, no obstante que en todos uno quita la vida a otro; el matrimonio y el concubinato; el shampoo y la mayonesa, el excremento y la plastilina; el dictador y la autoridad; etc. ¿O sí?. Y hay noruegos, filipinos, canadienses, españoles, chinos, etc., y tú eres tú y yo soy yo siendo todos seres humanos; también múltiples elementos químicos. Y hay triángulos y cuadrados. Pero no hay cuadrados redondos ni triángulos pentagonales pese a que todos son figuras geométricas. Así también el hombre y la mujer son distintos, pues como aquéllos, tenemos identidad, atributos y predicados esenciales distintos.

Pero más allá de eso, sucede que su matrimonio también es distinto, esencialmente distinto a la unión de personas del mismo sexo ya que la mujer aporta al mismo su exclusiva, dignísima e imprescindible presencia y capacidad “matri” -como atributo y predicado esencial- referida a madre, maternal, a fecundidad como posibilidad, apertura y vocación generada por varón, en affectio maritalis, bajo su “monio” característico, esto es, su cuidado, protección, blindaje, por sí y por su profundísima inmersión, connotación y caracterización social, en su vital aportación a la preservación, estabilidad y construcción de la sociedad y de la nación. Y es que como manantial produce filiación, parentesco, vinculación y organización familiar, nombre, nacionalidad, identidad, y habiendo hijos, les entregan en forma infinita amor, atención, desvelo, alimentación y calidez carnal, valores y educación, afección, formación de la conciencia moral etc., todo lo cual se revela como objeto primordial, específico, exclusivo, esencial del matrimonio (que es relación social persona-objeto-persona). En cambio, en la unión homosexual (que es solo persona-persona) no existe este objeto, es imposible y queda fuera de su alcance, siendo solo circular, intrasubjetiva o interindividual, como acontece en los casos de la amistad, la cortesía y la convivencia. Desconocer o tergiversar lo anterior, es agredir a la Nación, y degradar y descalificar especialmente a sus mujeres-madres.

Por lo anterior y muchas más razones de toda índole, la falta de aceptación de la unión de personas del mismo sexo como matrimonio (¿por qué querrán llamarse necesariamente así?) es justificada y objetivamente fundada, no es homofóbica ni discriminatoria, no viola derecho humano alguno y no conculca el principio de “igualdad ante la ley” (que no es igualdad a secas sino igualdad jurídica). Para comprenderlo fácilmente diremos que hay miles de justificadas distinciones que hace racional y objetivamente la ley como el caso, entre muchos, del artículo 4 constitucional que reconoce a los pueblos indígenas -a diferencia de los que no lo somos- su derecho de libre autodeterminación, autonomía, aplicar sus propias normas y procedimientos para resolver sus conflictos y elegir sus autoridades, en fin, sus usos y costumbres. Ese ejemplo acredita que no solo se ha de permitir el trato “desigual” (que no causa perjuicio como tal) sino lo hacen exigible.

Advertía ya Cicerón que cuando decimos matrimonio estamos en presencia del “pricipium urbis et quasi seminarium republicae” “el origen y germen de la ciudad y de la república”. Y añadimos: “y el manantial de la vida, y de la vida social”. ¡CUIDADO